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Institucional y organizativa

En este apartado podrás consultar información sobre las funciones del Ayuntamiento, las personas responsables, la normativa más relevante de aplicación al Ayuntamiento en la gestión de la DANA.

Funciones de la entidad local
El Ayuntamiento tiene las siguientes competencias de conformidad con lo atribuido en los artículo 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y en correlación con los artículos 33 y 34 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana: 
⦁ Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
⦁ Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
⦁ Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
⦁ Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
⦁ Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
⦁ Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
⦁ Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
⦁ Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
⦁ Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
⦁ Protección de la salubridad pública.
⦁ Cementerios y actividades funerarias.
⦁ Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
⦁ Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
⦁ Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.
⦁ Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
⦁ Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género.
 
 
Así mismo, los municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes: 
⦁ alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
⦁ En los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, además: parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
⦁ En los Municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público.
⦁ En los Municipios con población superior a 50.000 habitantes, además: transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano.
⦁ En los municipios con población inferior a 20.000 habitantes será la Diputación provincial o entidad equivalente la que coordinará la prestación de los siguientes servicios:
a) Recogida y tratamiento de residuos.
b) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
c) Limpieza viaria.
d) Acceso a los núcleos de población.
e) Pavimentación de vías urbanas.
f) Alumbrado público.

Organigrama
 
Los responsables de la Corporación municipal encargados de atender los temas relacionados con la DANA son los siguientes:

 

Normativa aplicable
 
La principal normativa de aplicación a la entidad para la gestión de actuaciones relacionadas con la DANA es la siguiente: 
 
⦁ Real Decretoley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños por la DANA entre el 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024.  
 
⦁ Real Decretoley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento ante los daños de la DANA.
 
⦁ Orden PJC/1222/2024, DE 6 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 20224, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado por la DANA que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024.  
 
⦁ DecretoLey 20/2024, de 30 de diciembre, del Consell de la Comunitat Valenciana, de “medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la DANA”.
 
⦁ Decreto 3/2025, de 28 de enero, del Consell, por el que se aprueban los términos de referencia para la elaboración, impulso, seguimiento y control del “Plan de recuperación económico-social del territorio afectado por la DANA” en la Comunitat Valenciana.  
    
 
 
Entidades del sector público
 
El Ayuntamiento de _____ ha tenido una especial incidencia en la limpieza viaria y la recogida de residuos Empresa Municipal Mixta del Ayuntamiento S.A.
 
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